Violaciones graves y generalizadas a los derechos humanos, el derecho a la salud y bienestar de los mexicanos

  • Jorge E. Franco Jiménez

 

El panorama nacional es complejo y delicado, se discuten asuntos públicos que tienen que ver con el entorno político, social y económico, inmersos en una creciente pandemia  de contagios y fallecimiento de más de cien mil nacionales; insuficiencia de centros de atención a la salud, falta de medicamentos y personal sanitario especializado para atender a los afectados, situación que actualiza probable violación grave y generalizada al derecho a la salud, acerca de lo cual no se ha pronunciado algún congreso impulsando una investigación por parte de la CNDH. El derecho  a la salud y su protección, la Suprema Corte,  ubica en las dimensiones de los individual y social, señalando que, como un objetivo  a cargo del Estado, que puede perseguir legítimamente, toda vez que se trata de un derecho fundamental reconocido en el artículo 4o. constitucional, en el cual se establece expresamente que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, agrega que no hay que perder de vista que este derecho tiene una proyección tanto individual o personal, como una pública o social de la protección a la salud en lo individual, se traduce en la obtención de un determinado bienestar general integrado por el estado físico, mental, emocional y social de la persona, del que deriva otro derecho fundamental, consistente en el derecho a la integridad físico-psicológica.

Con base en ello, enfatiza, el Estado tiene un interés constitucional en procurarles a las personas en lo individual un adecuado estado de salud y bienestar. Por otro lado, la faceta social o pública del derecho a la salud consiste en el deber del Estado de atender los problemas de salud que afectan a la sociedad en general, así como en establecer los mecanismos necesarios para que todas las personas tengan acceso a los servicios de salud. Lo anterior comprende el deber de emprender las acciones necesarias para alcanzar ese fin, tales como el desarrollo de políticas públicas, controles de calidad de los servicios de salud, identificación de los principales problemas que afecten la salud pública del conglomerado social, entre otras.

Ahora que se ha presentado la pandemia por un plazo prolongado de más de nueve meses originando más de cien mil muertes y contagios que acumulados pasan del millón, se han puesto al descubierto, de manera objetiva y dolorosa, las deficiencias del sistema nacional de salud, responsabilidad de toda la estructura federal de gobierno en sus tres niveles, atribuibles al pasado y al presente como actos de omisión graves que han generalizado un grave daño a la salud e integridad física, mental, emocional individual y social de los habitantes de la República.

El Presidente López Obrador ha expresado en reiteradas ocasiones que todo se debe al neoliberalismo, la corrupción, la impunidad de los gobiernos anteriores, sin embargo, también a los profesionales y responsables del manejo de la pandemia, su propagación, falta de infraestructura, medicamentos e insumos en general, también se les señalan actos omisivos en cuanto a las medidas iniciales decretadas que, según algunos expertos,  fueron insuficientes como el uso del cubrebocas, la restricción en los aeropuertos y fronteras que vinculadas al pasado unen esa cadena de actos que no fueron atendidos oportunamente.

Parece que las medidas de austeridad y ahorro implementadas no han sido suficientes para inhibir, en corto plazo, las secuelas de la creciente propagación del virus, amén de que conforme a lo señalado por los médicos no se cuentan con los medicamentos necesarios  para atender el padecimiento, ni con personal médico especializado que se requiere para aplicarlos oportunamente; el asunto de los ventiladores que han sido aplicados de manera incorrecta y provocado el que los pulmones se revienten y el paciente fallezca.

De ahí que se haya actualizado una violación grave y permanente del derecho a la Salud y bienestar de los mexicanos ante de mas de noventa años de actos omisivos del poder gubernamental, surgida de la intensidad, amplitud, generalidad, y la prolongación en tiempo, causando la muerte multiplicada de personas dentro del marco implementado que no ha podido disminuir los efectos nocivos de la pandemia.

Curiosamente el asunto no ha sido tratado en ningún congreso para pedir a la CNDH ejerza la facultad de investigación, que correspondía a la Suprema Corte, de las causas y consecuencias de las deficiencias del sistema de salud atribuibles a las pasadas y a la actual administración, como violaciones graves y generalizadas, pues es evidente que conforme al criterio de jurisprudencia invocado son evidentes las violaciones al derecho y bienestar del pueblo de México.

Es relevante reiterar que los criterios internacionales sobre tema reivindican que el derecho a la salud es progresivo a lo largo de un determinado periodo no debe interpretarse en el sentido de que tienen la obligación concreta y constante de avanzar lo más expedita y eficazmente posible hacia su plena realización al igual que en el caso de los demás derechos y existe una fuerte presunción de que no son permisibles las medidas regresivas adoptadas en relación con el derecho a la salud. Si se adoptan cualesquiera medidas deliberadamente regresivas, corresponde al Estado parte demostrar que se han aplicado tras el examen más exhaustivo de todas las alternativas posibles y que esas medidas están debidamente justificadas por referencia a la totalidad de los derechos enunciados en los pactos internacionales en relación con la plena utilización de los recursos máximos disponibles del Estado.

La Suprema Corte ha estimado que es obligación del Estado adoptar leyes y otras medidas para velar por el acceso igual a la atención de la salud y los servicios relacionados con la salud proporcionados por terceros; velar por que la privatización del sector de la salud no represente una amenaza para la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad de los servicios de atención de la salud; controlar la comercialización de equipo médico y medicamentos por terceros, y asegurar que los facultativos y otros profesionales de la salud reúnan las condiciones necesarias de educación, experiencia y deontología.

 

 

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