Denegada Administración De Justicia En El Orden Familiar

  • Jorge E. Franco Jiménez

Parece que nuestro Estado transita en sentido inverso al marco constitucional de los derechos humanos y los  principios universales de tutela efectiva, garantía y protección de ellos, en materia de derecho de familia, como consecuencia directa de ausencia de planeación, infraestructura y recursos materiales  destinados a impulsar su impartición, ajustada a los lineamientos específicos que, en ese rubro, contemplan como derechos fundamentales y garantías la Constitución Política de México en los artículos 1º, 4  y 17,  así como las convenciones y protocolos previstos en el orden jurídico internacional.

En Mexico está formalmente garantizado que todas las personas gocen de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, mismos que se interpretarán favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia, conforme a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, que incluye el que las personas tengan derecho a que se les administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.

Respecto de la garantía a la tutela jurisdiccional y sus alcances la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación definió su acceso a la tutela como el derecho público subjetivo que toda persona tiene, dentro de los plazos y términos que fijen las leyes, para acceder de manera expedita a tribunales independientes e imparciales, a plantear una pretensión o a defenderse de ella, con el fin de que, a través de un proceso en el que se respeten ciertas formalidades, se decida sobre la pretensión o la defensa y, en su caso, se ejecute esa decisión. Los derechos antes mencionados alcanzan no solamente a los procedimientos ventilados ante jueces y tribunales del Poder Judicial, sino también a todos aquellos seguidos ante autoridades que, al pronunciarse sobre la determinación de derechos y obligaciones, realicen funciones materialmente jurisdiccionales. Criterios adicionales complementan lo anterior agregando que “No es justificable el argumento de insuficiencia de los tribunales y carga excesiva de trabajo de éstos.”, para incumplir este imperativo por parte del estado.

Sin embargo,  la administración de la justicia familiar en Oaxaca durante los últimos años, se ha desenvuelto en la incongruencia y contradicción que se da entre los postulados constitucionales y la realidad de su operación,  que se lleva a cabo en la carencia de infraestructura adecuada debido a la falta de presupuesto para su implementación, personal que resulta notoriamente insuficiente para atender todos los trámites que en estos tribunales se genera, como lo son, por mencionar algunos: Medidas de protección inmediata de menores, otorgamiento de alimentos a acreedores alimentarios, admisión de demandas, acuerdos de trámite, desahogo de audiencias y pruebas, dictado de sentencias, notificaciones, etc.

Estas carencias inhiben,  deshumanizan y hacen inaccesible el derecho fundamental a una justicia plena, de manera pronta y expedita,  en la que están en juegos los valores esenciales de la familia; de manera relevante,  resalta el interés superior de la niñez.

Las seis juezas del orden familiar en el Distrito Judicial del Centro y demás distritos, así como el personal actuante en ellos, tienen a su cargo la delicada misión de tutelar el interés superior del los niños, de las mujeres y de la integridad de la familia y sus valores; sin embargo, se encuentran imposibilitados y maniatados materialmente, para hacerlos efectivos de manera eficaz,  respecto de todos los actos judiciales que diariamente se plantean en la vía del derecho de familia que, en un buen número de casos, exige una atención inmediata, en virtud de que cotidianamente enfrentan una  agenda saturada de audiencias,  cúmulo de peticiones diarias, encomiendas en mesas de cumplir, saturación de sección de notificaciones y, consecuentemente, un rezago impresionante, que parece imposible de remontar.

Justicia familiar en Oaxaca, en punto de quiebre; falta de presupuesto, personal, infraestructura y, sobresaturación de casos, hacen imposible acceso a la justicia y debido proceso. Pésima realidad para niños y familias, que el nuevo congreso local debe atender de inmediato,  priorizando el otorgar un presupuesto digno al poder judicial, el cual a su vez está obligado moralmente, a anticipar de manera urgente e inmediata recursos, infraestructura y racionalidad en la asignación de tareas a esta función a cargo de los juzgados familiares que,  por mucho, tienen mayor carga de servicios que los penales , civiles y de oralidad mercantil. 

Ojalá los magistrados que integran la actual Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial del Estado pudieran auxiliar en el trabajo cotidiano de estos tribunales, que precisan de forma urgente apoyo humano para atender el derecho de familia de manera eficaz que torne asequible la justicia a este sector.

Esta es una realidad cotidiana y reconocida que aqueja a la Justicia de lo Familiar, males que se diseminan en todos las materias en la primera instancia y, con menor intensidad,  en la segunda que generalmente se desarrolla sin necesidad de llevar a cabo diligencias de prueba o de medidas urgentes,  aunque aún entonces es dilatada en la resolución de recursos,  que por su naturaleza, exigen decisiones prontas, como son los de queja, pero el daño profundo se da en los tribunales en que se entabla la controversia y se desenvuelve todo el procedimiento.

La Justicia de este ramo no requiere de buenas intenciones de los legisladores y del ejecutivo para solucionar o aliviar el padecimiento endémico de los juzgados de los familiar, sino de acciones concretas que resuelvan la ineficacia, que es consecuencia material y directa de la insuficiencia de los recursos destinados para solventar las crecientes demandas que en esta materia se presentan,  ajustada a los postulados constitucionales,  con  la finalidad de que lo formal deje de ser letra muerta y discurso demagógico a favor de la mujer y los niños, frente a la cruda y lacerante realidad que impera en los tribunales.

 Los poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado deben dejar atrás la visión de que la justicia familiar no produce recursos, ni votos, para sustituirla con la que se orienta en que el producto de una sana impartición de ésta da certeza y paz a los miembros de la familia, que es la célula originaria de todo orden social.

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