Un proyecto de litigio estrategico convencional para Oaxaca

  • Jorge E. Franco Jiménez

El día viernes nueve de este mes tuve la oportunidad de exponer, ante los miembros de la barra Mexicana Colegio de Abogados de Oaxaca e invitados, un tema que posibilite impulsar cambios trascendentes en el quehacer de las instituciones públicas mediante reformas que incidan que en el orden jurídico local y en los criterios para llevar adelante políticas públicas que propicien se erradiquen las practicas fincadas en el tradicional autoritarismo, la simulación y la corrupción que han dañado a una población Oaxaqueña misma que vive la apariencia del mejoramiento y desarrollo pero solo en el discurso oficial mediático. 

Esto tiene que ver con la fase de irritación que persiste respecto del gobierno fallido que acaba de concluir, así como la apreciación negativa de un amplio sector de la abogacía en Oaxaca que ha visto como los actos de desestabilización han alcanzado uno de elementos esenciales del Estado de Derecho, la procuración y administración de justicia que involucró, contradictoriamente, al Poder Judicial Federal en Oaxaca que por dos días estuvo paralizados: la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado dejo de prestar servicio por un plazo mayor. 

En este entorno tomo posesión el Gobernador Alejandro Murat y uno de sus primeros actos de gobierno y administración fue el encuentro con la dirigencia de la sección XXII del magisterio que se llevó a cabo en las instalaciones del teatro Macedonio Alcalá, reunión que estuvo rodeada del ocultamiento de los resultados obtenidos en la misma, situación que enrarece lo que haya tenido de positivo, dado que las experiencia de los Oaxaqueños sobre esta gastada estrategia, pone en duda que se haya ajustado a parámetros serios y congruentes, alejados de la dadiva y beneficios acostumbrados para encausar soluciones con este gremio. 

En la sesión de trabajo de la Barra, se habló de la problemática endémica que prevalece en el Estado en cuanto a un orden jurídico cuya observancia es solo formal pero que materialmente elude la legalidad con la conocida práctica del camuflaje, como se asegura ocurrió con los notarios y que ahora se extiende al nombramiento de jueces recomendados o familiares de otros funcionarios del poder judicial; acciones que constituyen los eslabones de una cadena que favorece la influencia nociva en las decisiones judiciales como se difunde en las redes sociales.  

Respecto a esta problemática generalizada se habló del litigió estratégico vinculado al tema de los derechos humanos y la convencionalidad como instrumentos que los abogados y el sector de profesionistas podemos utilizar para provocar cambios efectivos en el orden jurídico estatal y en los criterios de aplicación de las políticas públicas que nos han mantenido en la apariencia del mejoramiento, desarrollo, democracia y respeto ley.  

El litigio estratégico en lo que toca a los Derechos Humanos se compone de acciones de actividad judicial encaminadas a garantizar la justiciabilidad de esos derechos ante las instancias nacionales o internacionales, cuyo fin es avanzar en la modificación estructural de las normas y procedimientos del derecho interno, a efecto de abarcar con un caso o situación puntual, un cambio legal con implicaciones sociales extensas. Este es un concepto amplio de lo que los autores proponen como componentes de un litigio estratégico adecuado al derecho internacional de los derechos humanos. 

El litigio estratégico convencional marca una objetiva diferencia entre lo que comúnmente, en el ejercicio de la profesión del abogado, se ha considerado como litigio. Entendemos como tal, una contienda que se propone, tramita y resuelve ante los Tribunales, frente a la existencia de un conflicto respecto a pretensiones de dos o más personas, para que sea definido con el objetivo de que de manera firme se declare cual es la que debe prevalecer, como elementos esenciales del derecho de acceso a la justicia, concatenado con la prohibición de hacerla por sí mismo. 

Antes de las reformas constitucionales del 2008 y 2011, el entorno del litigio en cuanto a su estrategia estaba delimitado por la aplicación de la Ley y su interpretación, a través de la figura de las Garantías Individuales, es decir de los códigos, reglamentos y cuerpos jurídicos específicos. Ese esquema limitado en nuestro país ha sido superado bajo el impulso del Derecho Internacional de los Derechos Humanos que amplió el espectro del orden jurídico interno y de su interpretación, sujetándola a los principios que contempla el artículo 1º Constitucional lo que ha trascendido a todo el orden jurídico nacional, mediante el control difuso de la constitucionalidad, legalidad, convencionalidad y la interpretación conforme. 

Una consecuencia específica de este litigio estratégico convencional se dio en la reforma Constitucional y legal respecto del juicio de amparo; en la Carta fundamental se incorporo en la fracción I del artículo 107 y en la Ley de Amparo en los artículos 1º, y 5º, fracción I, el interés legítimo. El litigio estratégico convencional se vincula a situaciones en que el derecho no es observado en lo sustantivo o en lo procedimental; hay discordancia entre el derecho interno y los estándares internacionales; no hay claridad en el derecho existente o La ley se aplica reiteradamente de manera inexacta y/o arbitraria.

Por ello se planteó que los abogados asociados e invitados trabajáramos en un proyecto de litigio estratégico para Oaxaca, en el cual se identificara la problemática de la seguridad, procuración y administración de justicia, la corrupción en el manejo de los recurso públicos; procesos de selección de servidores públicos. Para ello se investigaría y se obtendrían muestras de esos rubros y fallas, se formularía un diagnóstico y un plan para propuestas y vías jurídicas incluso de controversias jurisdiccionales, con el fin de vincular a todos los Poderes del Gobierno del Estado de Oaxaca, a erradicar las acciones encubiertas de cumplimiento de la ley e impulsar el diseño de políticas públicas en beneficio del pueblo de Oaxaca. Mexicanos Primero ya lo hizo en materia educativa. 

Me parece que en este derrotero, con elementos específicamente identificados, mediante el juicio de amparo  e interés legítimo que nos asiste a los Oaxaqueños, como se está haciendo respecto al procedimiento de designación de notarios, permitiría impulsar un esquema de desempeño eficaz de las instituciones públicas desde el sector de los profesionistas de las diversas disciplinas. 

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