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Emite DDHPO recomendación a favor de medallistas oaxaqueños paralímpicos

Para que se garantice el reconocimiento económico.

Oaxaca. La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) emitió la recomendación 04/2019 a la Comisión Estatal de Cultura Física y Deporte, para que adopte medidas urgentes y necesarias que garanticen el reconocimiento económico vitalicio a deportistas discapacitados oaxaqueños, que en representación oficial obtuvieron una o más medallas en Juegos Paralímpicos, Mundialista y/o Parapanamericanos.

Luego del análisis que realizó el órgano autónomo al expediente DDHPO/1122/(01)/OAX/2017, iniciado con motivo del planteamiento interpuesto por el ciudadano JMRC, quien señaló violaciones a sus derechos humanos y a los de los integrantes de la “Asociación de Medallistas Paralímpicos Mundialistas Panamericanos Internacionales del Estado de Oaxaca, A.C.”, la DDHPO acreditó la existencia de los hechos reclamados.

La Defensoría documentó que el 5 de agosto de 2016 el Periódico Oficial del Gobierno del Estado  publicó el Decreto 2003 mediante el cual se agregó al párrafo segundo del Artículo 67 de la Ley de Cultura Física y el Deporte  para el Estado de Oaxaca que  “el sistema estatal promoverá y gestionará la constitución de fideicomisos destinados al otorgamiento de un reconocimiento económico vitalicio, a los deportistas discapacitados oaxaqueños de alto rendimiento que en representación oficial obtengan o hayan obtenido una o más medallas en Juegos Paralímpicos, Mundialista y Parapanamericanos.”

Ante lo cual, la DDHPO requirió a la Comisión Estatal de Cultura Física y Deporte, instaure el Sistema Estatal de Cultura Física y Deporte y cree el fideicomiso que además haga retroactivo el beneficio económico a partir de 2017.

Aunado a establecer medidas que permitan la adopción de programas integrales enfocados a la mejora de la financiación en el deporte para personas con discapacidad en el estado.

“En coordinación con las instancias competentes, se realice la creación y adaptación de espacios deportivos con las adecuaciones arquitectónicas necesarias, para el desarrollo del deporte adaptado: tanto instalaciones deportivas convencionales como espacios para la práctica informal; parques y otros equipamientos urbanos”, detalló la DDHPO en el documento.

A lo que se suma la implementación de mecanismos necesarios para crear un programa de capacitación de técnicos, entrenadores y/o personal de apoyo, cuya finalidad sea garantizar una mejor preparación que beneficie los programas del deporte adaptado.

Además de contribuir a la formación de nuevos cuadros de deportistas, en coordinación con las federaciones de deporte adaptado.

La Defensoría, de acuerdo a la ley, concedió un plazo de 15 días para la  aceptación de la Recomendación posteriores a su notificación y  en su caso, las pruebas correspondientes al cumplimiento de la misma deberán enviarse a este Organismo dentro del término de quince días hábiles siguientes a la fecha en que haya concluido el plazo para informar sobre la aceptación de la misma, o de su propia aceptación.

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